jueves, 3 de septiembre de 2015

Planificación Derecho Civil IV Profesora Jimena Godino T. Mañana Intensivo

PLANIFICACIÓN DOCENTE



AÑO ACADÉMICO 2015
Primer Cuatrimestre


* Carrera: CONSULTOR INMOBILIARIO

* Asignatura: Derecho Civil IV Turno Mañana Intensivo


* Nombre y Apellido del Docente: María Jimena Godino


* Objetivos de la Asignatura

* Cognitivos:
· Conocer el régimen de publicidad de los derechos reales.
· Conocer el régimen de vivienda familiar.
· Conocer las nociones sobre derecho de familia y los régimen patrimoniales del matrimonio y su vinculación con la actividad inmobiliaria.
· Conocer la temática de las sucesiones y su vinculación con la actividad inmobiliaria.
· Conocer los contratos de leasing y fideicomiso.

* Procedimentales:
* Resolver casos prácticos aplicando lo aprendido en las clases teóricas.
* Comentar las lecturas de artículos y/o fallos que indique la profesora.
* Redactar y analizar informes de dominio, inhibición y frecuencia.
* Analizar modelos de contratos de fideicomiso.


* Actitudinales:
* Impulsar la participación y motivar a los alumnos a través del desarrollo de las clases, a los fines que los mismos accedan de manera satisfactoria a cada una de las instancias evaluativas del curso, demostrando la comprensión de lo aprendido.



Contenidos de la Asignatura

UNIDAD I: Publicidad de los Derechos Reales
Sistemas registrables. Registro Inmobiliario Argentino.. Caracteres de la ley 17.801. Principios del sistema registral argentino: Principio de rogación. Principio de especialidad. Principio de inscripción. Principio de tracto sucesivo. Principio de legalidad. Principio de prioridad. Principio de publicidad. Principio de presunción registral. Principio de presunción de integridad. Documentos que deben inscribirse. Matriculación. Diferencias entre certificaciones e informes Registro de anotaciones personales.

UNIDAD II: Vivienda.
Concepto. Caracteres. Concepto de familia. Constitución. Efectos. Desafectación. Ley 14332 de la Pcia. de Buenos Aires de Inembargabilidad e Inejecutabilidad de la Vivienda Única y de Ocupación Permanente.


UNIDAD III
Relaciones de familia. Matrimonio. Concepto de matrimonio. Requisitos. Celebración del matrimonio. Prueba del matrimonio. Nulidad del matrimonio. Disolución del matrimonio. Efectos personales del matrimonio. Derechos – deberes personales de los cónyuges.


UNIDAD IV:
Efectos Patrimoniales del Matrimonio. Regímenes patrimoniales del matrimonio. Convenciones matrimoniales. Contratos entre esposos. Régimen de Comunidad. La Sociedad conyugal en el derecho argentino. Bienes gananciales y bienes propios. Prueba del carácter de los bienes. Régimen de Separación de Bienes. Uniones convivenciales. Efectos.


UNIDAD V:
Concepto Generales de Sucesiones: Sucesión. Concepto. Clases de sucesiones. Sucesores. Contenido de la sucesión. Efectos de la muerte del causante: Apertura de la sucesión y transmisión hereditaria.
Juicio sucesorio. Capacidad para suceder. Vocación hereditaria. Indignidad – Desheredación. Aceptación y renuncia de la herencia. Declaratoria de herederos Declaración de validez formal del testamento. Heredero aparente. Legítima. Acción de reducción. Colación.


UNIDAD VI:
Sucesión ab – intestato (intestada o legítima). Derecho de representación. Ordenes sucesorios. Sucesión testamentaria. Testamento. Capacidad para testar Capacidad para recibir por testamento. Clases de testamento. Legados. Indivisión hereditaria Partición. Formas de la partición. Cesión de derechos hereditarios


UNIDAD VII. Contrato de Leasing


UNIDAD VIII. Contrato de Fideicomiso.





BIBLIOGRAFIA

* Bibliografía Obligatoria.
* Código Civil y Comercial de la Nación, Ediciones del País, 2014.
- Beatriz AREAN.- Curso de Derechos Reales. Editorial Abeledo Perrot.
- Marina MARIANI DE VIDAL.- Curso de Derechos Reales.- Editorial Zabalía.
- Marcelo Urbano SALERNO.- Contratos onerosos de uso y goce de inmuebles.
- Ariel H. VENNERI. Fideicomiso Financiero Inmobiliario. Una nueva alternativa de negocios en Argentina. .Errepar – Dte.- Nº 198- Septiembre /96
- Augusto César BELLUSCIO.- Manual del Derecho de Familia.- Ediciones De Palma Buenos Aires.
- Guillermo BORDA.- Tratado del Derecho Civil.-
- Gustavo BOSSERT y Eduardo ZANONNI.- Manual del Derecho de Familia.- Editorial Astrea.-
- Eduardo ZANONNI.- Manual del Derecho de las Sucesiones.- Editorial Astrea.-
- Guillermo BORDA.- Manual de Sucesiones.- Editorial Perrot.-
- Jorge O. MAFFIA – Manual de Derecho sucesorio.- Ediciones Depalma.-


* Apuntes del docente, artículos de doctrina, fallos de jurisprudencia.



* Metodología a Desarrollar en las Clases:

* Exposición teórica de los distintos temas.
* Presentación de ejemplos para procurar el interés de los alumnos en la clase y para permitirles tomar contacto con los casos que pueden darse en la vida personal y profesional.
* Ejercicios prácticos en clase, resolución y análisis de casos, realización de cuadros sinópticos, comentarios de leyes, fallos y artículos de doctrina relacionados con cada tema.
* Formulación de preguntas para verificar si los alumnos comprenden el tema explicado.
* Cierre de las clases haciendo un repaso de cada tema.

* Metodología de Evaluación
* Parcial escrito individual (cuestionario y resolución de casos) que se tomará aproximadamente a mediados del cuatrimestre. Unidades evaluadas: I,II, III, IV.
* Trabajo teórico - práctico de desarrollo y análisis de situaciones presentado y defendido a través de exposición grupal. Unidades evaluadas: Todas
* Nota de concepto para la cual se tendrá en cuenta la participación, atención y dedicación en clase y los trabajos prácticos.
* Evaluación Final Escrita.



* Cronograma diario de clase


Cronograma Tentativo de Derecho Civil IV

Martes y Jueves Mañana Intensivo - 2015

Clase 1 – Martes 11/8: Presentación de la materia – Repaso de los derechos reales más importantes.-
Clase 2 – Martes 11/8: Repaso de los derechos reales más importantes.-
Clase 3 – Martes 18/8: Repaso de los derechos reales más importantes.-
Clase 4 – Martes 18/8: Unidad I: Publicidad de los Derechos Reales. Sistemas registrables. Registro Inmobiliario Argentino. Antecedentes de la Publicidad de los derechos reales en nuestro país. Caracteres de la ley 17.801. Principios del sistema registral argentino: Principio de rogación. Principio de especialidad. Principio de inscripción. Principio de tracto sucesivo.
Clase 5 – Martes 25/8: Continuación de Unidad I. Principio de legalidad. Principio de prioridad. Principio de publicidad. Principio de presunción registral. Principio de presunción de integridad.
Clase 6 – Martes 25/8: Continuación de Unidad I: Continuación de la Unidad I. Documentos que deben inscribirse. Matriculación. Diferencias entre certificaciones e informes Registro de anotaciones personales. Estudio de Títulos
Clase 7 – Martes 1/9: Unidad II. “Vivienda”. Concepto. Caracteres. Concepto de familia. Constitución. Efectos. Desafectación. Régimen del Código Civil y Comercial.
Clase 8 – Martes 1/9: Continuación de Unidad II.
Clase 9 – Martes 8/9: Unidad III. Relaciones de familia. Matrimonio. Concepto de matrimonio. Requisitos. Celebración del matrimonio. Prueba del matrimonio. Nulidad del matrimonio. Disolución del matrimonio. Efectos personales del matrimonio. Derechos – deberes personales de los cónyuges.
Clase 10 – Martes 8/9: Unidad IV. Efectos Patrimoniales del Matrimonio. Regímenes patrimoniales del matrimonio. Convenciones matrimoniales. Contratos entre esposos. Régimen de Comunidad. La Sociedad conyugal en el derecho argentino. Bienes gananciales y bienes propios. Prueba del carácter de los bienes.
Clase 11 – Martes 15/9: Continuación de Unidad IV. Régimen de Separación de Bienes. Uniones convivenciales. Efectos.
Clase 12 – Martes 15/9: Repaso de temas para parcial
Clase 13 – Martes 22/9: Primer parcial
Clase 14 – Martes 22/9: Casos prácticos
Clase 15 – Martes 29/9: Entrega de notas. Entrega de consignas para el TP grupal.
Clase 16 – Martes 29/9: - Unidad V.- Concepto Generales de Sucesiones: Sucesión. Concepto. Clases de sucesiones. Sucesores. Contenido de la sucesión. Efectos de la muerte del causante: Apertura de la sucesión y transmisión hereditaria.
Clase 17 – Martes 6/10: Continuación de la Unidad V. Juicio sucesorio. Capacidad para suceder. Vocación hereditaria. Indignidad – Desheredación. Aceptación y renuncia de la herencia. Declaratoria de herederos Declaración de validez formal del testamento
Clase 18- Martes 6/10: Heredero aparente. Legítima. Acción de reducción. Colación
Clase 19 – Martes 13/10: UNIDAD VI: Sucesión ab – intestato (intestada o legítima). Derecho de representación. Ordenes sucesorios.
Clase 20 – Martes 13/10: Sucesión testamentaria. Testamento. Capacidad para testar Capacidad para recibir por testamento. Clases de testamento. Legados. Indivisión hereditaria Partición.Formas de la partición. Cesión de derechos hereditarios
Clase 21 – Martes 20/10: UNIDAD VII. Contrato de Leasing
Clase 22 – Martes 20/10: UNIDAD VII. Contrato de Leasing
Clase 23- Martes 27/10: UNIDAD VIII. Contrato de Fideicomiso.
Clase 24 - Martes 27/10: UNIDAD VIII. Contrato de Fideicomiso.
Clase 25 - Martes 3/11: UNIDAD VIII. Contrato de Fideicomiso.
Clase 18 – Martes 3/11: Casos prácticos
Clase 19 – Martes 10/11: Casos prácticos
Clase 20 – Martes 10/11: Entrega de TP Grupal
Clase 21 – Martes 17/11: Defensa de Tp Grupal
Clase 22 Martes 17/11: Defensa de TP Grupal


Semana del 23 al 27 de Noviembre: Recuperatorios /Reincorporación.

Del 3 al 11 de Diciembre: 1º Semana de Exámenes Finales.
Del 14 al 18 de Diciembre: 2º Semana de Exámenes Finales.

Planificación Derecho Civil I Profesora Jimena Godino T. Mañana

PLANIFICACIÓN DOCENTE



AÑO ACADÉMICO 2015
Primer Cuatrimestre

* Carrera: CONSULTOR INMOBILIARIO


* Asignatura: Derecho Civil I Turno Mañana Miércoles y Viernes


* Nombre y Apellido del Docente: María Jimena Godino


* Objetivos de la Asignatura

* Cognitivos:
· Distinguir los conceptos de Moral y Derecho, Derechos Subjetivos, Derecho Positivo.
· Conocer las fuentes del derecho.
· Conocer y distinguir las personas físicas y las personas de existencia ideal.
· Reconocer los atributos de las personas.
· Identificar los hechos y actos jurídicos.
· Conocer las diferencias entre los instrumentos públicos y privados e identificar las distintas partes de una escritura pública
· Identificar los vicios de los actos jurídicos.
· Conocer los temas más relevantes de la teoría general de las obligaciones.
· Identificar las clases y modalidades de las obligaciones y los modos de transmisión y extinción de las mismas

* Procedimentales:
* Resolver casos prácticos aplicando lo aprendido en las clases teóricas.
* Comentar las lecturas de artículos y/o fallos que indique la profesora.
* Analizar escrituras públicas.


* Actitudinales:
* Impulsar la participación y motivar a los alumnos a través del desarrollo de las clases, a los fines que los mismos accedan de manera satisfactoria a cada una de las instancias evaluativas del curso, demostrando la comprensión de lo aprendido.



Contenidos de la Asignatura

UNIDAD I: EL DERECHO. Concepto. Moral y Derecho. Normas Jurídicas y Normas Morales. El Derecho Positivo. Derecho Objetivo y Subjetivo. El Derecho Civil. Fuentes del Derecho: Concepto. Clasificación. La ley: Caracteres. Clasificación. Formación de las leyes. Vigencia temporal de las leyes. Costumbre: Concepto. Elementos. Especies. Jurisprudencia. Doctrina, Código Civil y Comercial de la Nación en vigencia a partir del 1º de agosto de 2015.

UNIDAD II: PERSONAS FISICAS. Concepto de Persona. Especies de Personas. Principio de la existencia de las personas físicas – personas por nacer. Condición del nacimiento con vida. Concepción y embarazo. Fin de la existencia de las personas físicas. Muerte comprobada. Conmorencia - Muerte de varias personas en un desastre común. Efectos de la muerte. Muerte Presunta - Ausencia con presunción de fallecimiento.

UNIDAD III: Derechos de la personalidad. Concepto. Caracteres. Atributos inherentes a las personas. Concepto. a) Nombre. b) Domicilio: concepto, tipos, caracteres. c) Estado: concepto, caracteres. d) Capacidad: concepto. Capacidad de derecho y capacidad de hecho, incapacidades absolutas y relativas. Análisis de cada uno de los incapaces de hecho. e) Patrimonio: concepto, caracteres. El patrimonio como prenda común de los acreedores. Distintas clases de acreedores. Composición del patrimonio: Cosas y bienes. Clasificación de las cosas.

UNIDAD IV: PERSONAS JURÍDICAS O DE EXISTENCIA IDEAL: Concepto. Especies. Diferencias entre Asociación y Fundación. Distinción entre Asociación y Sociedad. Principio de la existencia de las personas jurídicas. Estatutos. Las personas jurídicas y sus miembros. Capacidad. Modo de actuación y responsabilidad. Fin de la existencia de las personas jurídicas. Simples asociaciones sin personería jurídica.

UNIDAD V: HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS. Hechos Jurídicos: clasificación. Actos jurídicos: Concepto. Caracteres. Clasificación Elementos: Objeto. Sujetos. Forma de los actos jurídicos: Instrumentos privados. Instrumentos públicos: fuerza probatoria. Escrituras públicas. Vicios de los actos jurídicos: Error. Dolo. Violencia. Lesión. Simulación. Fraude. Nulidad de los actos jurídicos: Concepto y clasificación. Actos nulos y anulables. Nulidad Absoluta y Relativa. Efectos de la declaración de nulidad. Confirmación de los actos jurídicos.

UNIDAD VI: TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES: Concepto de Obligación.
Elementos de las obligaciones. Efectos de las obligaciones.
UNIDAD VII: CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES: Obligaciones Naturales. Obligaciones puras y simples y modales. Obligaciones de dar cosas ciertas. Obligaciones de dar cosas inciertas. Obligaciones de hacer. Obligaciones de no hacer. Obligaciones de objeto plural o compuesto. Obligaciones de sujeto múltiple: obligaciones simplemente mancomunadas, obligaciones divisibles, obligaciones indivisibles, obligaciones solidarias. Obligaciones de medio y de resultado.

UNIDAD VIII: EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES: Concepto. Enumeración legal de los modos de extinción. Pago: concepto. Función del pago. Elementos del pago: sujetos, objeto, circunstancias de lugar y tiempo. Efectos principales del pago. Pago por consignación. Dación en pago. Novación. Compensación. Transacción. Confusión. Renuncia. Remisión de la deuda. Imposibilidad de pago. Prescripción Liberatoria


* Bibliografía Obligatoria.
* Código Civil y Comercial de la Nación, , Ediciones del País, 2014.

* Bibliografía Sugerida

* Alterini, Atilio Aníbal – Ameal, Oscar José – Lopez Cabana, Roberto M. Derecho de las Obligaciones Civiles y Comerciales. Cuarta edición actualizada. Editorial Abeledo Perrot. 2008.
* Borda, Guillermo A. Tratado de Derecho Civil. Parte General. Décimo tercera edición actualizada por Guillermo J. Borda. Editorial La Ley. Edición 2008.
* Ghersi, Carlos Alberto. Derecho Civil. Parte General. Tercera edición actualizada y ampliada. Editorial Astrea. 2002.
* Rivera, Julio César. Instituciones de Derecho Civil. Parte General. Editorial Lexisnexis. Abeledo Perrot. Edición 2007.
* Tobías, José W. Derechos de las Personas. Instituciones de Derecho Civil. Parte General. Editorial La Ley. Edición 2009.
* Apuntes del docente, artículos de doctrina, fallos de jurisprudencia.

* Metodología a Desarrollar en las Clases:

* Exposición teórica de los distintos temas.
* Presentación de ejemplos para procurar el interés de los alumnos en la clase y para permitirles tomar contacto con los casos que pueden darse en la vida personal y profesional.
* Ejercicios prácticos en clase, resolución y análisis de casos, realización de cuadros sinópticos, comentarios de leyes, fallos y artículos de doctrina relacionados con cada tema.
* Formulación de preguntas para verificar si los alumnos comprenden el tema explicado.
* Cierre de las clases haciendo un repaso de cada tema.

* Metodología de Evaluación
* Parcial escrito individual (cuestionario y resolución de casos) que se tomará aproximadamente a mediados del cuatrimestre. Unidades evaluadas: I aV.
* Trabajo teórico - práctico de desarrollo y análisis de situaciones presentado y defendido a través de exposición grupal. Unidades evaluadas: VI a IX.
* Nota de concepto para la cual se tendrá en cuenta la participación, atención y dedicación en clase y los trabajos prácticos.
* Evaluación Final Escrita.



* Cronograma diario de clase

Miércoles y Viernes Mañana - 2015

Clase 1 – Miércoles 19/8: EL DERECHO. Concepto. Moral y Derecho. Normas Jurídicas y Normas Morales. El Derecho Positivo. Derecho Objetivo y Subjetivo. El Derecho Civil
Clase 2 - Viernes 21/8: Fuentes del Derecho: Concepto. Clasificación. La ley: Caracteres. Clasificación. Formación de las leyes. Vigencia temporal de las leyes. Costumbre: Concepto. Elementos. Especies. Jurisprudencia. Doctrina, Código Civil y Comercial de la Nación en vigencia a partir del 1º de agosto de 2015.
Clase 3 – Miércoles 26/8: UNIDAD II: PERSONAS FISICAS. Concepto de Persona. Especies de Personas. Principio de la existencia de las personas físicas – personas por nacer. Condición del nacimiento con vida. Concepción y embarazo. Fin de la existencia de las personas físicas. Muerte comprobada. Conmorencia - Muerte de varias personas en un desastre común. Efectos de la muerte. Muerte Presunta - Ausencia con presunción de fallecimiento.
Clase 4 – Viernes 28/8: UNIDAD III: Derechos de la personalidad. Concepto. Caracteres. Atributos inherentes a las personas. Concepto. a) Nombre. b) Domicilio: concepto, tipos, caracteres. c) Estado: concepto, caracteres.
Clase 5 – Miércoles 2/9: Capacidad: concepto. Capacidad de derecho y capacidad de hecho,
incapacidades absolutas y relativas. Análisis de cada uno de los incapaces de hecho.
Clase 6 – Viernes 4/9: Análisis de cada uno de los incapaces de hecho
Clase 7 –Miércoles 9/9: Casos prácticos
Clase 8 – Viernes 11/9: Patrimonio: concepto, caracteres. El patrimonio como prenda común de los acreedores. Distintas clases de acreedores.
Clase 9 – Miércoles 16/9: Composición del patrimonio: Cosas y bienes. Clasificación de las cosas.
Clase 10 – Viernes 18/9: UNIDAD IV: PERSONAS JURÍDICAS O DE EXISTENCIA IDEAL: Concepto. Especies. Diferencias entre Asociación y Fundación. Distinción entre Asociación y Sociedad.
Clase 11 – Miércoles 23/9: Principio de la existencia de las personas jurídicas. Estatutos. Las personas jurídicas y sus miembros. Capacidad. Modo de actuación y responsabilidad.
Fin de la existencia de las personas jurídicas.
Clase 12 – Viernes 25/9: Repaso de los temas para el parcial
Miércoles 30/9: Parcial escrito.
Clase 13– Viernes 2/10: UNIDAD V: HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS. Hechos Jurídicos: clasificación. Actos jurídicos: Concepto. Caracteres. Clasificación Elementos: Objeto. Sujetos.
Clase 14 – Miércoles 7/10: Entrega de consignas para TP Grupal. Forma de los actos jurídicos: Instrumentos privados. Instrumentos públicos: fuerza probatoria. Escrituras públicas.
Clase 15 – Viernes 9/10: Vicios de los actos jurídicos: Error. Dolo. Violencia. Lesión. Simulación. Fraude. . Nulidad de los actos jurídicos: Concepto y clasificación. Actos nulos y anulables. Nulidad Absoluta y Relativa. Efectos de la declaración de nulidad. Confirmación de los actos jurídicos.
Clase 26 – Miércoles 14/10: UNIDAD VI: TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES: Concepto de Obligación. Elementos de las obligaciones.
Clase 17 – Viernes 16/10: Efectos de las obligaciones.
Clase 18 – Miércoles 21/10: UNIDAD VII: CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES: Obligaciones Naturales. Obligaciones puras y simples y modales. Obligaciones de dar cosas ciertas. Obligaciones de dar cosas inciertas. Obligaciones de hacer. Obligaciones de no hacer
Clase 19 – Viernes 23/10: Obligaciones de objeto plural o compuesto. Obligaciones de sujeto múltiple: obligaciones simplemente mancomunadas, obligaciones divisibles, obligaciones indivisibles, obligaciones solidarias. Obligaciones de medio y de resultado.
Clase 20 – Miércoles 28/10: EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES: Concepto. Enumeración legal de los modos de extinción. Pago: concepto. Función del pago. Elementos del pago: sujetos, objeto, circunstancias de lugar y tiempo. Efectos principales del pago.
Clase 21 – Viernes 30/10: Pago por consignación. Dación en pago. Novación. Compensación. Transacción. Confusión. Renuncia. Remisión de la deuda. Imposibilidad de pago
Clase 22 – Miércoles 4/11: Prescripción Liberatoria
Clase 23 - Viernes 6/11: Repaso de temas
Clase 24 – Miércoles 11/11: Entrega de TP Grupal
Clase 25 – Viernes 13/11: Defensa del TP grupal
Clase 26 – Viernes 20/11: Defensa del TP grupal

Semana del 23 al 27 de Noviembre: Recuperatorios /Reincorporación.

Del 3 al 11 de Diciembre: 1º Semana de Exámenes Finales.
Del 14 al 18 de Diciembre: 2º Semana de Exámenes Finales.

Planificación Derecho Comercial III Profesora Verónica Buono T. Mañana

PLANIFICACIÓN DOCENTE



AÑO ACADÉMICO 2015
Segundo Cuatrimestre


* Carrera: CONSULTOR INMOBILIARIO

* Asignatura: Derecho Comercial III

* Nombre y Apellido del Docente: Verónica Marcela BUONO


* Objetivos de la Asignatura


* Cognitivos:
* Conocer el encuadre jurídico básico de las relaciones contractuales comerciales.
* Relacionar los conceptos contractuales y societarios con la práctica.
* Conocer qué es un fondo de comercio y cómo se realiza su transmisión.
* Conocer los elementos teóricos y prácticos respecto de los títulos de crédito como cheque y pagaré.
* Conocer y diferenciar las nuevas formas de contratación comercial.
* Identificar conceptos relativos a quiebra y concurso preventivo.
* Distinguir la función que puede desempeñar en una quiebra.


* Procedimentales:
* Resolver casos prácticos aplicando lo aprendido en las clases.
* Analizar fallos judiciales y comentarlos.
* Intervenir en una operación de venta de fondo de comercio aplicando lo teórico a la práctica.
* Confeccionar documentación vinculada a la actividad del martillero judicial en una quiebra.

* Actitudinales:
* Motivar a los alumnos a manejar los conceptos jurídicos para el ejercicio de su profesión.
* Lograr que los alumnos se muestren interesados e interiorizados en los temas tratados en la materia para poder aplicarlos a su profesión.
* Impulsar la participación de los alumnos en el desarrollo de las clases.




Contenidos de la Asignatura
Unidad I: FONDO DE COMERCIO. La Ley 11.867. Elementos constitutivos del Fondo de Comercio. Elementos materiales, inmateriales y humanos. Valor llave. Elementos intransferibles. Concurrencia desleal. Prohibición de concurrencia. Pasos en la transferencia de un fondo de comercio. Publicidad. Oposición de acreedores. Firma del contrato definitivo. Casos de responsabilidad del corredor inmobiliario intermediario.
Unidad II: DERECHO CARTULAR. TITULOS DE CREDITO. Definición de títulos de crédito. Elementos. Caracteres esenciales de los títulos de crédito. Transmisión. Garantía. Aval. Solidaridad cambiaria. CHEQUE. Definición. Forma del cheque. Tipos de cheque. Cheque común. Cheque de pago diferido. Transmisión. Presentación y pago. Rechazo bancario. Recurso por falta de pago. Cheque cruzado. Cheque para acreditar en cuenta. Cheque cancelatorio. Cheque imputado. Cheque certificado. LETRA DE CAMBIO. Definición. Forma. Transmisión. Presentación y pago. Protesto. Recurso por falta de pago. PAGARE. Definición. Forma. Transmisión. Presentación y pago. Protesto. Recurso por falta de pago. Tipos de pagaré. FACTURA DE CREDITO. Definición. Forma. Transmisión. Presentación y pago. Protesto. Recurso por falta de pago.
Unidad III: NUEVAS FORMAS DE CONTRATACION COMERCIAL. CONTRATO DE DISTRIBUCION. Definición. Elementos. Obligaciones de las partes. Características del contrato. Extinción. CONTRATO DE FRANQUICIA. Definición. Elementos. Obligaciones de las partes. Características del contrato. Tipos de franquicia. Extinción. CONTRATO DE AGENCIA. Definición. Elementos. Obligaciones de las partes. Características del contrato. Extinción. CONTRATO DE LEASING. Definición. Elementos. Obligaciones de las partes. Características del contrato. Extinción. Normativa de los contratos en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y comparación.
Unidad IV: CONCURSO PREVENTIVO Y QUIEBRA. CONCURSO PREVENTIVO. Requisitos. Apertura del concurso. Consecuencias de la apertura. Procedimiento del concurso preventivo. Verificación de acreedores. Tareas del síndico. Informes del síndico. Tramite hasta la junta de acreedores. Impugnación. Homologación de acuerdo. Mayorías. Cumplimiento. Nulidad del acuerdo. QUIEBRA. Declaración de quiebra. Diferentes formas de llegar a una quiebra. Consecuencias de la quiebra. Efectos. Extinción de la quiebra. Responsabilidad de terceros. Incautación, conservación y administración de los bienes. Periodo informativo. Tareas del martillero judicial en la quiebra. Liquidación y distribución. Conclusión de la quiebra. Clausura del procedimiento.



* Bibliografía Obligatoria.
* Código Comercial de la República Argentina.
* Ley 11.867.
* Código Civil y Comercial de la Nación, Edición 2014.

* Bibliografía Sugerida
* Texto del Dr. O’Donnel y Dra. Norcini “Manual de Derecho Comercial”.
* Texto del Dr. Lepera “Títulos de Crédito”.
* Texto del Dr. Escuti Ignacio “Títulos de Crédito”.
* Texto del Dr. O´Donnel “El Derecho Comercial”.
* Texto del Dr. Rouillon Adolfo, Editorial Astrea “Régimen de Concursos y Quiebras. Ley 24.522”.
* Guía de Estudio de Editorial Estudio “Concursos y Quiebras con reformas de la Ley 26.684”
* Apuntes del docente, doctrina y jurisprudencia aplicables a los diferentes temas a tratar agregados por el docente.


* Metodología a Desarrollar en las Clases:

* Exposición teórica de los distintos temas por el docente.
* Presentación de casos prácticos para que tomen conocimiento de la práctica profesional.
* Realización de trabajos prácticos en clase, resolución en grupo, análisis en clase frente al docente y los diferentes grupos. Resolución de los trabajos.
* Lectura de fallos judiciales y análisis de los mismos.
* Realización de cuadros comparativos.
* Los alumnos podrán volcar sus dudas e inquietudes a los diferentes temas en las clases para que el docente pueda evacuar sus inquitudes.
* Repaso de cada tema anterior en la clase siguiente.



* Metodología de Evaluación
* Trabajo teórico - práctico de desarrollo y de investigación con resolución de casos, en grupos de alumnos no mayores a 3. Defensa del Trabajo Práctico con el docente. Unidad a evaluar: I.
* Parcial escrito individual (cuestionario preguntas y resolución de casos prácticos), para fines de cuatrimestre. Unidades a evaluar: II a IV.
* Nota de concepto para la cual se tendrá en cuenta la participación, atención y dedicación en clase y los casos prácticos resueltos en clases.
* Evaluación Final Escrita.



* Cronograma diario de clase

Lunes y Miércoles Turno Mañana - 2015
Clase 1 - Lunes 10/8: Presentación de la materia - Unidad I: Fondo de Comercio. La Ley 11.867. Finalidad.
Clase 2- Miércoles 12/8: Unidad I: Fondo de Comercio. Elementos constitutivos del Fondo de Comercio. Elementos materiales, inmateriales y humanos. Valor llave. Explicación de cada elemento.
Clase 3: Miércoles 19/8: Unidad I: Fondo de Comercio. Elementos intransferibles en un fondo de comercio. Explicación de cada uno. Entrega de Consignas para Trabajo Práctico.
Clase 4: Lunes 24/8: Unidad I: Fondo de Comercio. Pasos en la transferencia de un fondo de comercio. Publicidad. Oposición de acreedores. Finalidad.
Clase 5: Miércoles 26/8: Unidad I: Fondo de Comercio. Firma del contrato definitivo. Casos de responsabilidad del corredor inmobiliario intermediario.
Clase 6: Lunes 31/8: Unidad I: Fondo de Comercio. Concurrencia desleal. Prohibición de concurrencia. Casos Prácticos.
Clase 7: Miércoles 2/9: Unidad I. Fondo de Comercio. Lectura y análisis de fallos judiciales en grupos de alumnos.
Clase 8: Lunes 7/9: Unidad I. Fondo de Comercio. Análisis de los fallos judiciales en clase abierta.
Clase 9: Miércoles 9/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Definición. Elementos. Caracteres. Transmisión. Aval. Solidaridad cambiaria.
Clase 10: Lunes 14/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Cheque. Definición. Forma del cheque. Tipos de cheque. Cheque común. Cheque de pago diferido. Transmisión. Presentación y pago.
Clase 11: Miércoles 16/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Cheque. Diferencias entre cheque común y cheque de pago diferido. Rechazo bancario. Recurso por falta de pago. Cheque cruzado. Cheque para acreditar en cuenta. Cheque cancelatorio. Cheque imputado. Cheque certificado. Entrega Trabajo Práctico Grupal.
Clase 12: Lunes 21/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Letra de Cambio. Definición. Forma. Transmisión. Presentación y pago. Protesto. Recurso por falta de pago.
Clase 13: Miércoles 23/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Pagaré. Definición. Forma. Transmisión. Presentación y pago. Protesto. Recurso por falta de pago. Tipos de pagaré.
Clase 14: Lunes 28/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Factura de Crédito. Definición. Forma. Transmisión. Presentación y pago. Protesto. Recurso por falta de pago.
Clase 15: Miércoles 30/9: Unidad II. Títulos de Crédito. Confección de un cuadro sinóptico y comparativo entre los diferentes títulos de crédito.
Clase 16: Lunes 5/10: Unidad III. Contrato de Distribución. Definición. Elementos. Características del contrato. Obligaciones y derechos de las partes.
Clase 17: Miércoles 7/10: Unidad III. Contrato de Distribución. Obligaciones y derechos de las partes. Extinción. Normativa en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Clase 18: Miércoles 14/10: Unidad III. Contrato de Franquicia. Definición. Elementos. Características del contrato. Tipos de franquicia.
Clase 19: Lunes 19/10: Unidad III. Contrato de Franquicia. Obligaciones y derechos de las partes. Extinción. Normativa en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Clase 20: Miércoles 21/10: Unidad III. Contrato de Agencia. Definición. Elementos. Obligaciones y derechos de las partes. Características del contrato. Extinción. Normativa en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Clase 21: Lunes 26/10: Unidad III. Contrato de Leasing. Definición. Elementos. Obligaciones y derechos de las partes. Características del contrato. Extinción. Normativa en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Clase 22: Miércoles 28/10: Unidad IV. Concurso Preventivo. Requisitos. Apertura del concurso. Consecuencias de la apertura. Procedimiento del concurso preventivo. Verificación de acreedores.
Clase 23: Lunes 2/11: Unidad IV. Concurso Preventivo. Tareas del síndico. Informes del síndico. Tipos de acreedores. Auto verificatorio. Incidente de revisión.
Clase 24: Miércoles 4/11: Unidad IV. Concurso Preventivo. Período de exclusividad. Formación del acuerdo. Propuestas Mayorías para aprobación del acuerdo. Impugnación. Homologación de acuerdo. Cumplimiento. Nulidad del acuerdo.
Clase 25: Lunes 9/11: Unidad IV. Quiebra. Declaración de quiebra. Diferentes formas de llegar a una quiebra. Consecuencias de la quiebra. Efectos.
Clase 26: Miércoles 11/11: Unidad IV. Quiebra. Extinción de la quiebra. Responsabilidad de terceros. Incautación, conservación y administración de los bienes. Periodo informativo. Tareas del martillero judicial en la quiebra. Liquidación y distribución. Conclusión de la quiebra. Clausura del procedimiento.
Clase 27: Lunes 16/11: Parcial escrito individual.
Clase 28: Miércoles 18/11: Entrega de notas y cierre de la materia. Repaso sobre toda la materia.
Lunes 23/11: Examen recuperatorio y de reincorporación.
Semanas del 1 al 18 de diciembre. Exámenes finales.

Planificación Derecho Comercial I Profesora Verónica Buono T. Mañana

PLANIFICACIÓN DOCENTE



AÑO ACADÉMICO 2015
Segundo Cuatrimestre


* Carrera: CONSULTOR INMOBILIARIO

* Asignatura: Derecho Comercial I

* Nombre y Apellido del Docente: Verónica Marcela BUONO


* Objetivos de la Asignatura


* Cognitivos:
* Adquirir conocimientos sobre la competencia comercial y la normativa aplicable.
* Relacionar la actividad de corredor y martillero con la legislación vigente.
* Entender las normas aplicables a la actividad de martillero y corredor inmobiliario.
* Introducir al alumno en los conocimientos elementales del derecho comercial.
* Lograr que el alumno mejore el manejo del vocabulario jurídico, facilitándosele así la comprensión de los problemas diarios y profesionales con los que se encuentre o encontrará en un futuro.


* Procedimentales:
* Poder confeccionar toda la documentación vinculada con una operación inmobiliaria.
* Analizar fallos judiciales y comentarlos.
* Poder llevar adelante un remate o subasta y suscribir la documentación necesaria a tal fin.


* Actitudinales:
* Motivar a los alumnos a manejar los conceptos jurídicos para el ejercicio de su profesión.
* Lograr ser capaces de llevar adelante por sus propios medios los negocios inmobiliarios que se le presenten en forma profesional.
* Impulsar la participación de los alumnos en el desarrollo de las clases.



Contenidos de la Asignatura
Unidad I: DERECHO COMERCIAL. Historia. Enunciación y diferenciación entre comerciante y empresario. EMPRESARIO. Obligaciones. Diferencias entre empresa y sociedad. Obligados a llevar contabilidad y estados contables. Modo de llevar la contabilidad. Registros Indispensables. Libros. Prohibiciones. Formas de llevar los registros. Estados contables. Conservación. Eficacia probatoria. Código Civil y Comercial de la Nación. Diferenciación con la regulación del Código de Comercio.
Unidad II: EL CORRETAJE. Noción, función del corredor, comercialidad del corretaje, condiciones legales para ejercer la profesión, la matrícula. Diferencias entre corretaje y otros contratos: la comisión; la locación de servicios y de obra; el mandato comercial. Obligaciones del corredor: libros, imparcialidad, secreto profesional, capacidad de los contratantes. Minutas, certificados, negociación de letras y seguros. Forma de proponer los negocios, supuestos falsos. Asistencia en los contratos que se redactan por escrito. Prohibiciones de los corredores. Noción, sanciones. Quiebra del corredor. Efectos, corretaje ilícito, sanción. Comisión: Noción, monto, momento de la conclusión del negocio, obligados al pago. Pérdida del derecho a percibir la comisión. Autorización de venta. Reserva ad referéndum. Ley 20.266 modificada por la Ley 25.028. Ley 2340 de la Ciudad de Buenos Aires. Ley 10.973 modificada por Ley 14.085 de la Provincia de Buenos Aires. Código Civil y Comercial de la Nación. Artículos incorporados.
Unidad III: DE LOS MARTILLEROS Y DE LOS REMATES. Concepto de Martillero, legislación que rige en la materia. Condiciones habilitantes. Inhabilidades. Matrícula. Incompatibilidades. Facultades. Obligaciones, derechos, libros, sanciones. Remates particulares: concepto, caracteres, pasos, conclusión. Remates Judiciales: la subasta judicial, concepto, designación del martillero, naturaleza de la función. Nociones básicas del expediente: redacción de escritos, copias, domicilio, notificaciones, vistas, traslados, plazos, recursos. La retribución. Subasta de bienes muebles y semovientes: requisitos para decretarla, publicidad. Edictos: redacción y publicación. Secuestro de bienes, entrega. Pasos de la subasta, posturas bajo sobre. Depósito del precio, rendición de cuentas. Subasta de bienes inmuebles: requisitos para decretarla, bases para la subasta. Publicidad de edictos, redacción y publicación. Conclusión de la subasta. El precio. Rendición de cuentas. La comisión. Remate fracasado, suspendido y anulado, las distintas consecuencias. Derechos y obligaciones del martillero en cada caso.



* Bibliografía Obligatoria.
* Código Comercial de la República Argentina.
* Ley 20.266, Ley 25.028, Ley 2340, Ley 10.973.
* Código Civil y Comercial de la Nación, Edición 2014.

* Bibliografía Sugerida
* Texto del Dr. O’Donnel y Dra. Norcini “Manual de Derecho Comercial”.
* Manual del Martillero, Editorial Astrada.
* Cuadernillos de Derecho Comercial del Dr. Lepera.
* Apuntes del docente, doctrina y jurisprudencia aplicables a los diferentes temas a tratar agregados por el docente.


* Metodología a Desarrollar en las Clases:

* Exposición teórica de los distintos temas por el docente.
* Presentación de casos prácticos para que tomen conocimiento de la práctica profesional.
* Realización de trabajos prácticos en clase, resolución en grupo, análisis en clase frente al docente y los diferentes grupos. Resolución de los trabajos.
* Lectura de fallos judiciales y análisis de los mismos.
* Realización de cuadros comparativos.
* Los alumnos podrán volcar sus dudas e inquietudes a los diferentes temas en las clases para que el docente pueda evacuar sus inquitudes.
* Repaso de cada tema anterior en la clase siguiente.



* Metodología de Evaluación
* Parcial escrito individual (cuestionario preguntas y resolución de casos prácticos), para fines de septiembre. Unidades a evaluar: I a II.
* Trabajo teórico - práctico de desarrollo y de investigación con resolución de casos, en grupos de alumnos no mayores a 3. Defensa del Trabajo Práctico con el docente. Unidad a evaluar: II y III.
* Nota de concepto para la cual se tendrá en cuenta la participación, atención y dedicación en clase y los casos prácticos resueltos en clases.
* Evaluación Final Escrita.



* Cronograma diario de clase

Lunes y Miércoles Turno Mañana - 2015
Clase 1 - Lunes 10/8: Presentación de la materia - Unidad I: Historia del Derecho Comercial. Enunciación del Comerciante y del Empresario.
Clase 2- Miércoles 12/8: Unidad I: Empresario. Diferencias entre empresa y sociedad. Obligados a llevar contabilidad y estados contables.
Clase 3: Miércoles 19/8: Unidad I: Empresario. Modo de llevar la contabilidad. Registros Indispensables. Libros. Prohibiciones. Formas de llevar los registros. Estados contables.
Clase 4: Lunes 24/8: Unidad I: Empresario, Conservación. Eficacia probatoria. Código Civil y Comercial de la Nación. Diferenciación con la regulación del Código de Comercio.
Clase 5: Miércoles 26/8: Unidad I: Empresario. Lectura de doctrina sobre la diferenciación entre el Código de Comercio y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Clase 6: Lunes 31/8: Unidad II: El Corretaje. Definición del corretaje. Ley aplicable a nivel nacional y a nivel de cada jurisdicción.
Clase 7: Miércoles 2/9: Unidad II. Corretaje. Condiciones habilitantes. Matriculación. Requisitos. Matriculación en diferentes jurisdicciones.
Clase 8: Lunes 7/9: Unidad II. Corretaje. Facultades del corredor. Obligaciones del corredor. Enunciación de cada una.
Clase 9: Miércoles 9/9: Unidad II. Corretaje. Derechos del corredor. Enunciación de cada uno. Casos prácticos. Prohibiciones del corredor.
Clase 10: Lunes 14/9: Unidad II. Corretaje. Autorización de venta. Diferentes supuestos. Requisitos que debe contener.
Clase 11: Miércoles 16/9: Unidad II. Corretaje. Reserva ad referéndum. Casos prácticos. Requisitos que debe contener. Diferentes supuestos.
Clase 12: Miércoles 23/9: Parcial escrito individual.
Clase 13: Lunes 28/9: Unidad II. Corretaje. Explicación de la Ley 2340 y sus artículos.
Clase 14: Miércoles 30/9: Unidad II. Corretaje. Explicación de la Ley 10.973 y sus artículos.
Clase 15: Lunes 5/10: Unidad III. Martillero. Definición. Ley aplicable. Remate. Definición.
Clase 16: Miércoles 7/10: Unidad III. Martillero. Condiciones habilitantes. Matriculación. Requisitos de la matriculación.
Clase 17: Miércoles 14/10: Unidad III. Martillero. Facultades del martillero. Obligaciones del martillero. Enumeración.
Clase 18: Lunes 19/10: Unidad III. Martillero. Derechos del martillero. Enumeración. Prohibiciones del martillero. Enumeración.
Clase 19: Miércoles 21/10: Unidad III. Martillero. Remate. Diferentes tipos de remates. Explicación de cada uno.
Clase 20: Lunes 26/10: Unidad III. Martillero. Remate privado. Diferentes formas de actuación del martillero. Como mandatario y como comisionista.
Clase 21: Miércoles 28/10: Unidad III. Martillero. Remate privado. Pasos que debe cumplir el martillero. Rendición de cuentas.
Clase 22: Lunes 2/11: Unidad III. Martillero. Remate judicial. Formas de llegar al remate judicial. Pasos del martillero. Obligaciones del martillero en remate judicial.
Clase 23: Miércoles 4/11: Unidad III. Martillero. Remate judicial. Acto del remate. Posturas bajo sobre. Aprobación. Rendición de cuentas.
Clase 24: Lunes 9/11: Unidad III. Martillero. Remate judicial. Casos de falta de aprobación del remate. Nuevo remate.
Clase 25: Miércoles 11/11: Entrega del Trabajo Práctico Grupal Obligatorio.
Clase 26: Lunes 16/11: Defensa del Trabajo Práctico en forma oral y grupal.
Clase 27: Miércoles 18/11: Defensa del Trabajo Práctico en forma oral y grupal. Entrega de notas y cierre de la materia.
Miércoles 25/11: Examen recuperatorio y de reincorporación.
Semanas del 1 al 18 de diciembre. Exámenes finales.

martes, 23 de junio de 2015

Fallo donde se decide la improcedencia de extender condena laboral en forma solidaria al presidente de una asociación

LES SUBO UN FALLO DONDE SE DECIDE QUE EL PRESIDENTE DE UNA ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO NO ES SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE EN UNA CONDENA LABORAL


Aclaran que no procede extender la condena laboral en forma solidaria al presidente de una asociación sin fines de lucro

Al revocar la sentencia de grado que hizo extensiva la condena solidaria hacia la presidente de una asociación civil sin fines de lucro, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo aclaró que la condición de organizaciones civiles sin fines de lucro excluye la posibilidad de aplicarle una normativa referida a la Ley de Sociedades Comerciales.

En los autos caratulados "Pascuale Susana Beatriz c/ Asociación Civil Movimiento de Accion Comunitaria y otro s/ despido", el juez de primera instancia consideró acreditadas las irregularidades registrales denunciadas en la demanda y difirió a condena diversos créditos de naturaleza salarial e indemnizatoria, haciendo extensiva la condena contra S. M. F. en su carácter de presidente de la comisión directiva de la asociación civil demandada y con base en las disposiciones de los arts. 1933, 1935 y 1936 del Código Civil.

La codemandada S. M. F. apeló dicho pronunciamiento alegando que no se la demandó con apoyo en las disposiciones en los que la "a quo" sustentó su decisión sino en base a la responsabilidad que emana las situaciones previstas en los artículos 54, 59 y 274 de la Ley 19.550 las cuales son inaplicables al caso en razón de tratarse de una asociación civil.

Los magistrados que componen la Sala X explicaron que “la condición de organizaciones civiles sin fines de lucro (no comerciales), excluye la posibilidad de aplicarle una normativa referida a la ley de sociedades comerciales”.

En la sentencia del 3 de febrero de 2015, la mencionada Sala remarcó que tampoco resulta “trasladable analógicamente ese marco normativo para establecer supuestos de responsabilidad previstos para otras situaciones y ámbitos, porque salvo convención en particular, la solidaridad sólo puede ser impuesta legalmente”.

En tales condiciones, y tras puntualizar que “la accionada articuló su defensa en base a la normativa por la que se la demandó (y no otra) la cual resulta inaplicable al caso”, los Dres. Enrique Brandolino y Daniel Eduardo Stortini resolvieron que cabe admitir la queja articulada y revocar la condena solidaria establecida en la instancia anterior.

martes, 9 de junio de 2015

Fallo donde se decide improcedencia de liquidación del bien inmueble sede del hogar conyugal

Acá subo un resumen de un fallo donde la justicia decide que es improcedente la liquidación del bien inmueble sede del hogar conyugal y para ello tiene en cuenta que la demandada es jubilada y que la división del inmueble no alcanzaría para que se adquiriese otro bien.


Consideran improcedente la liquidación del bien inmueble que fuera hogar conyugal ante el grave perjuicio que ocasionaría a la demandada jubilada

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil admitió la oposición de la demandada a que sea liquidado el inmueble que ocupa y proceder a su partición, al tener por acreditado que la liquidación del único bien que integra la sociedad conyugal, le ocasionaría un grave perjuicio.

La sentencia de primera instancia dictada en la causa C. C. E. c/ A. Y. s/ liquidación de sociedad conyugal”, hizo lugar a la demanda entablada por C. E. C. contra Y. A. y, en consecuencia, decretó la liquidación de la sociedad conyugal y el rechazo de la petición de la demandada, quien se había opuesto a tal liquidación. En razón de ello, dispuso, salvo que las partes acuerden de otro modo, la venta en pública subasta del bien.

La demandada apeló dicha sentencia alegando que en el acto de la mediación iniciada por el actor, reconvino por daños y perjuicios como consecuencia de la sentencia de culpabilidad en el divorcio, y por alimentos. Afirma que el demandante se desentendió de ella, moral, material y emocionalmente.

La recurrente sostuvo que logra su sostén mediante una magra jubilación, pequeños trabajos de costura, y la ayuda de su hija, remarcando que el departamento en el que vive es su única vivienda posible y el único lugar en el que puede realizar sus trabajos de costura.

En tal sentido, añadió que no tiene medios para proveerse una vivienda, que no puede alquilar, sino sólo mantener el lugar en el que vive, del que su ex cónyuge se desentendió luego de su divorcio, y destaca que él no produjo pruebas en contrario.

Los magistrados que componen la Sala H recordaron en primer lugar que el artículo 211 del Código Civil establece que “dictada la sentencia de separación personal el cónyuge a quien se atribuyó la vivienda durante el juicio, o que continuó ocupando el inmueble que fue asiento del hogar conyugal, podrá solicitar que dicho inmueble no sea liquidado ni partido como consecuencia de la disolución de la sociedad conyugal si ello le causa grave perjuicio, y no dio causa a la separación personal-".

A ello, añadieron que “el art.217 del mismo cuerpo normativo prevé que la sentencia de divorcio vincular produce los mismos efectos establecidos para la separación personal en el artículo antes transcripto”.

Por otro lado, los camaristas ponderaron que “tampoco se encuentra controvertido que se decretó el divorcio por culpa del esposo, y si bien este vuelve sobre lo erróneo -a su entender- de tal decisión, debe recordarse que se trata de un fallo que se encuentra firme y que la cuestión relativa a la culpabilidad en el divorcio no puede reeditarse en este proceso”.

Al pronunciarse sobre la gravedad del perjuicio que ocasionaría a la demandada la liquidación requerida por el demandante, los Dres. Sebastián Picasso, Liliana E. Abreut de Begher y Claudio M. Kiper juzgaron que “la gravedad del perjuicio que ocasionaría a la demandada la liquidación requerida por el demandante”.

El tribunal destacó que “el inmueble cuya liquidación se solicita posee una superficie de cuarenta y tres metros cuadrados, por lo que no se requiere de la producción de ninguna prueba en particular para advertir que las posibilidades de adquirir otro bien -aun de dimensiones mínimas- con el dinero correspondiente al cincuenta por ciento del valor de ese inmueble son por demás reducidas, sobre todo en la zona en la que la Sra. A. vive y desarrolla su actividad laboral, y máxime teniendo en cuenta las condiciones actuales del mercado inmobiliario”.

En la sentencia dictada el 20 de abril pasado, la mencionada Sala advirtió que “se trata de una mujer de alrededor de 65 años, jubilada, y que realiza trabajos de costura en su vivienda -por los que no creo que perciba sumas elevadas-, lo que torna muy poco probable que la Sra. A. tenga acceso a algún crédito destinado a la compra de una vivienda”, por lo que “con su porción correspondiente del producido de la venta posiblemente podría alquilar un inmueble por cierto tiempo y hasta que se consumiera tal dinero, pero muy difícilmente podría luego abonar el canon locativo de un inmueble, pagar las expensas y servicios, y afrontar los gastos de su manutención, con un haber jubilatorio mínimo y sus ingresos como costurera”.

En base a lo expuesto, los magistrados concluyeron que la demandante acreditó debidamente el grave perjuicio que sufriría en caso de partirse el inmueble, por lo que corresponde revocar la sentencia y admitir la oposición de la demandada a la partición del bien.

Fallo sobre competencia de la justicia comercial en una ejecución de alquileres

Acá les subo un interesante resumen de un fallo donde deciden establecer la competencia de la Justicia Comercial en un proceso de ejecución de alquileres.

Explican cuándo corresponde la competencia de la Justicia Comercial para entender en el marco de un proceso de ejecución de alquileres

Debido a que la relación jurídica que vincula a las partes no es un contrato de locación típico, puesto que impone a los contratantes una serie de deberes que exceden la relación locativa, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió que resulta competente el juez en lo comercial para conocer en el marco de un proceso por ejecución de alquileres de un local situado en un centro comercial.

En la causa “Alto Palermo S.A. c/ Paez María Constanza y otros s/ ejecución de alquileres”, la parte actora apeló la resolución de primera instancia en la que el magistrado se declaró incompetente para entender en estas actuaciones.

Tras recordar que a los efectos de la determinación de cuál es tribunal competente deberá analizarse el objeto de la pretensión,  los jueces que integran la Sala M señalaron que en el caso bajo análisis, la sociedad actora en el carácter de propietaria del complejo o centro comercial denominado "Córdoba Shopping Villa Cabrera" suscribió con la demandada un contrato de locación mediante el cual le confirió el derecho para comercializar artículos de indumentaria informal femenina individualizados en el convenio, en el local identificado con el N°L0050.

Ante la falta de pago del canon pactado en la cláusula séptima, promovió la presente demanda por cobro de pesos contra la locataria y los fiadores.

En este marco, los camaristas explicaron que “en principio, corresponde entender a la Justicia Nacional en lo Civil en las acciones derivadas de un contrato de locación, con independencia de la calidad de las partes o del destino comercial que se hubiere dado al bien alquilado”.

Sin embargo, los Dres. Elisa Díaz de Vivar y Fernando Posse Saguier entendieron que “en el presente caso la relación jurídica que vincula a las partes no es un contrato de locación típico, puesto que impone a los contratantes una serie de deberes que exceden la relación locativa e incluso en lo atiente al precio, establece pautas especiales para su determinación que hacen al giro comercial habitual de ambas partes”.

En tal sentido, la mencionada Sala juzgó que “se trata de un negocio complejo relativo al uso y goce del local comercial, entre lo que se destaca como característica principal la participación y colaboración de las partes en el negocio de la otra (derecho de admisión y continuidad)”.

En la sentencia dictada el 23 de febrero de 2015, el tribunal sostuvo que “en lo sustancial, la cuestión litigiosa no se circunscribe únicamente al reclamo efectuado a raíz de un simple contrato de locación, sino por el incumplimiento de un contrato sometido a reglas distintas que exceden el ámbito de la competencia de este fuero”.

En base a lo expuesto, la nombrada Sala determinó que “corresponde la competencia de la Justicia Comercial en una acción de desalojo si las características del contrato atípico de colaboración que une a las partes derivado del sistema de explotación comercial organizado en la forma de "centro comercial" o "shopping center" no lo definen como un contrato de locación de inmuebles sujeto a la competencia civil”.

Al resolver que “cuando al estar a las cláusulas del convenio y sus anexos, el objeto del contrato, destinado a una explotación comercial, el precio estipulado determinado por un valor mensual mínimo asegurado con un valor porcentual de las ventas efectuadas, el sometimiento a un control por parte del centro comercial, no constituyen características que lo definan como un contrato de locación de inmuebles”, los magistrados decidieron confirmar el pronunciamiento de primera instancia.