Cuando el
administrador deja de cumplir con sus
tareas el consocio, queda acèfalo. En primer término hay que intimarlo por
carta documento informando esta circunstancia, dejando constancia, que ante el
abandono del consorcio, se procederá a la autocovocatoria para nombrar un nuevo
administrador a su vez tambièn hay que
intimarlo a que entregue el libro de actas, haciéndolo responsable que su falta
de entrega lo hará incurrir en un gasto que deberá soportar exclusivamente.-
La carta
documento deberá ser dirigida al domicilio que haya constituído en las
expensas, o el que haya constituído ante el Registro Público de
Administradores, pudiendo consultar en dicho organismo.-
Una vez que se
designe el administrador por acta volante, deberá este reclamarle la entrega de
la documentación, y ante su falta de entrega la misma serà suficiente fundamento
para poder volver a solicitar los libros reglamentarios del consorcio y darà
lugar para solicitarlos en forma judicial.-
En caso que por cualquier circunstancia no se pudiere nombrar en forma
inmediata un adminsitrador es posible, algunos reglamentos lo contempla, que
por el perìodo que trenscurre entre el
cese del anterior administrador y el nombramiento de uno nuevo, el consejo
puede funcionar haciendo las veces de admnistrador.-
Esta facultad excepcional de representación del consejo de
administración no contempla la de representación en juicio, a excepción que la
presentación no admita dilación y siendo recomendable su reemplazo por el
representante legal en el menor tiempo posible.-
Si las funciones y facultades del consejo constan en el instrumento de
creación de dicho órgano para hacer las veces de administrador en caso de
vacancia, puede válidamente representar al consorcio ante una demanda
judicial.-
Pero es importante tener en cuenta que el consejo posee facultades
casi exclusivas de control y solo en los casos de acefalía provisoria y
excepcionalmente para aquellos casos en que no se admite dilación podrá ejercer
las facultades y funciones de administrador.-
La función ejecutiva y de representación legal
se encuentra a cargo exclusivo del órgano administrador.-
Dra Diana C. Sevitz
asesora
legal
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