sábado, 12 de abril de 2014

Corretaje - Proyecto de Reforma y Unificación de los Códigos Civil y Comercial - Prof. Dr. Rubén E. Godino


CORRETAJE – PROYECTO  DE REFORMA Y UNIFICACIÓN DE LOS CÓDIGOS CIVIL Y COMERCIAL

 

DEL PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL A LA SANCIÓN DEL SENADO DE LA NACIÓN

 

El texto del artículo 1346 propuesto por el Poder Ejecutivo de la Nación, a través de la Comisión de Reformas, es el siguiente:

“Conclusión del contrato de corretaje. Sujetos. El contrato de corretaje se entiende concluido:

a)si el corredor está inscripto para el ejercicio profesional del corretaje, por su intervención en el negocio, sin protesta expresa hecha saber al corredor contemporáneamente con el comienzo de su actuación o por la actuación de otro corredor por el otro comitente;

b)si el corredor no está inscripto, por pacto expreso por escrito, que sólo obliga a la parte que lo firmó.

Si el comitente es una persona de derecho público, el contrato de corretaje debe ajustarse a las reglas de contratación pertinentes”.

Pueden actuar como corredores personas humanas o jurídicas”.

En fecha 28 de noviembre de 2013, el Honorable Senado de la Nación sancionó el Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación, modificando la citada redacción por la siguiente: “Conclusión del contrato de corretaje. Sujetos. El contrato de corretaje se entiende concluido si el corredor está habilitado para el ejercicio profesional del corretaje, por su intervención en el negocio, sin protesta hecha saber al  corredor contemporáneamente con el comienzo de su actuación o por la actuación de otro corredor por el otro comitente.

Si el comitente es una persona de derecho público, el contrato de corretaje debe ajustarse a las reglas de contratación pertinentes.

Pueden actuar como corredores personas humanas o jurídicas”.

Asimismo, el Honorable Senado de la Nación mantuvo la vigencia del artículo 5 de la ley del Proyecto que dispone: “Las leyes que actualmente integran, complementan o se encuentran incorporadas al CÓDIGO CIVIL o al CÓDIGO DE COMERCIO, excepto lo establecido en el artículo 3 de la presente ley (se refiere a la derogación de los artículos 36,37 y 38 de la ley 20.266), mantienen su vigencia como leyes que integran  al CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN aprobado por el artículo 1° de la presente”.

Esto significa que continúan vigentes y forman parte del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN las leyes 20.266 y 25.028.

De estas leyes y a los fines de nuestro análisis destacaremos las siguientes normas:

1)      artículo 28 de la ley 20.266: “Esta ley se aplicará en todo el territorio de la República y su texto queda incorporado al Código de Comercio”.

2)      artículo 1° de la ley 20.266: “Para ser martillero se requieren las siguientes condiciones habilitantes:

a)      Ser mayor de edad y no estar comprendido en ninguna de las inhabilidades del artículo 2°;

b)      Poseer título universitario expedido o revalidado en la República con arreglo a las reglamentaciones vigentes y las que al efecto se dicten”.

       3) artículo 31 de la ley 20.266 incorporado por la ley 25.028: “Sin perjuicio de las disposiciones del Código Civil y de la legislación local, es aplicable al ejercicio del corretaje lo dispuesto en esta ley respecto de los martilleros, en todo lo que resulte pertinente y no se encuentre modificado en los artículos siguientes”.

Del juego armónico de las citadas normas surge lo siguiente: a) que las leyes 20.266 y 25.028 rigen en todo el territorio nacional; b) que sus disposiciones quedan incorporadas al Código Civil y Comercial de la Nación y; c)  que para ejercer la profesión, el corredor inmobiliario debe estar habilitado, es decir, cumplir con las condiciones requeridas por el artículo 1° de la  ley 20.266.

 

Dr. Rubén Enrique Godino

Abogado

Tomo 12, Folio 903, CSJN

Programa de Derecho Civil I - Prof. Sergio Darío Betchakdjian.


INSTITUTO DE CAPACITACIÓN INMOBLIARIA

de la CÁMARA INMOBILIARIA ARGENTINA.

 PLANIFICACIÓN DOCENTE: AÑO LECTIVO 2014.

PRIMER CUATRIMESTRE.

 CARRERA: CONSULTOR INMOBILIARIO.

 MATERIA: “DERECHO CIVIL I”.

 DOCENTE A CARGO: Sergio Darío Betchakdjian.

MODALIDAD: Presencial.

DURACIÓN: Cuatrimestral.

CARGA HORARIA: 4 horas cátedra semanales.

 

 I) OBJETIVOS.

Generales:

-Que el alumno conozca el marco jurídico legal de las relaciones contractuales civiles y relacione los conceptos aprehendidos en las primeras unidades de esta materia.

 Cognitivos:

-Conocer los efectos más importantes del derecho civil para ofrecer a los potenciales clientes un mejor asesoramiento en su vinculación con las partes. 

-Introducir al alumno en los conocimientos del derecho civil contractual y, asimismo, lograr que el alumno mejore el manejo del vocabulario jurídico, facilitándosele así la comprensión de los problemas diarios y profesionales con los que se encuentre o encontrará en un futuro y pueda adaptarse al uso de una terminología específica que se aplica en toda la materia.

-Permitir que el alumno adquiera conceptos básicos pero sólidos de la materia, con el fin de que, al finalizar el cuatrimestre, posea las herramientas necesarias para aplicarlos en la práctica inmobiliaria.

 -Que el alumno conozca y maneje los conceptos elementales del derecho civil en general y en lo especifico todos los principios, conceptos, efectos y consecuencias del negocio contractual.

  Procedimentales:

-Brindar al alumno los elementos suficientes para una correcta instrumentación de los negocios inmobiliarios a través de actividades prácticas que enriquezcan sus conocimientos y obtengan así seguridad y confianza en el desempeño de su futuro ejercicio profesional.  

-Aplicar los conocimientos abordados en la materia al análisis de casos prácticos concretos para forjar la actitud resolutiva del fututo profesional ante una situación inesperada y comprenda de que manera resolver la cuestión.  


Actitudinales:

 -Que el futuro profesional reconozca la gran utilidad que tiene el derecho en el ejercicio de su profesión y que le permitirá marcar una diferencia respecto de aquellos colegas que carecen del mismo, ya que estarán capacitados para interpretar la voluntad de sus clientes y orientarlas, dentro del marco jurídico, a lograr sus objetivos.

 -Que el estudio del derecho civil le sirva para obtener las herramientas suficientes para proponer posibles soluciones legales ante los diferentes casos que puedan plantearse, dentro del encuadre legal y aplicando el sentido común. El conocimiento del derecho otorgará al futuro profesional un “plus”, ya que lo pondrá en una posición de confianza y seguridad ante su cliente. Le permitirá interpretar las dificultades particulares de cada operación inmobiliaria y resolverlas, mediante el ejercicio concreto de la actividad, en combinación con el soporte legal.

 -Saber discernir en el asesoramiento al cliente sobre las diferentes situaciones y su resolución acorde al derecho, determinando en qué casos específicos merecen ser consultadas con un profesional del derecho. En este proceso de aprendizaje es fundamental que el alumno no intente “memorizar” la información recibida, sino “comprenderla” y “relacionarla”, aplicando los conocimientos estudiados en clase. 

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 II) PROGRAMA ANALÍTICO DE LA MATERIA.

 1° PARTE: Introducción al Derecho Civil.

 Unidad I: LA LEY CIVIL.

 1.- Concepto de derecho: Derecho Positivo y Derecho Subjetivo. Moral y Derecho. Derecho positivo. Las ramas del derecho positivo. Derecho Público y Derecho Privado.  Derecho Civil. Su dominio de aplicación.

2.- Fuentes del derecho civil: Concepto. Clases de fuentes. a) La ley: La ley en sentido material y en sentido formal. Caracteres. Importancia. Clasificación de las leyes. La legislación argentina: concepto, clasificación, efectos, el proceso de formación de las leyes: sanción, promulgación, publicación y vigencia de la ley civil. b) La costumbre: concepto, caracteres y efectos. c) La jurisprudencia: concepto. d) La doctrina de los autores: concepto. e) Los principios generales del derecho: concepto. f) La equidad: concepto. g) La analogía: concepto. Su aplicación. h) El derecho natural: concepto. i) El derecho comparado: concepto.

3.- El Código Civil Argentino: evolución, reformas y proyectos.

 2° PARTE: DE LAS PERSONAS Y SUS ATRIBUTOS.

 Unidad II: PERSONAS FÍSICAS.

 1.- Personas físicas: Concepto. Diferencia con las personas jurídicas.

2.- Personas por nacer: Concepto. Concepción y embarazo. Plazos.

3.- El nacimiento: cuestiones de la viabilidad, nacimiento de varios hijos en un solo parto.

 Unidad III: ATRIBUTOS INHERENTES A LAS PERSONAS.

 1.- Atributos de la personalidad: Concepto. Enumeración. Caracteres.

2.- El nombre. Reglas concernientes al mismo. Sobrenombre y seudónimo.

3¬.- El estado: concepto, caracteres. El estado civil. Prueba de la existencia y estado de las personas.

 Unidad IV: CAPACIDAD.

 1.- Capacidad: concepto. Incapacidad de hecho y de derecho. Incapacidad absoluta y relativa.

2.- Protección legal de los incapaces. Clasificación. Régimen de capacidad de los menores. Cesación de la incapacidad. Mayoría de edad. La nueva ley 26.579. Emancipación. Limitaciones.

3.- Los dementes en general. Juicio de insanía. Efectos. El caso de los sordomudos y los ciegos.

4.- Supuestos especiales de “incapacidad” (ausentes, mujer casada, penados, etc.). Los inhabilitados del artículo 152 bis del Código Civil no son incapaces.

 Unidad V: DOMICILIO.

 1.- El domicilio. Concepto. Caracteres. Domicilio de origen.

2.- Distintas clases de domicilios: Domicilio legal y  Domicilio real.

3.- Domicilio especial: definición, distintos casos. Domicilio de elección.

 Unidad VI: EXTINCIÓN DE LA PERSONA.

 1.-  Fin de la existencia de las personas: la muerte natural. Efectos de la muerte con relación a los derechos. Sucesión por causa de muerte.

2.- Presunción de fallecimiento: Casos y términos. Juicio de presunción de fallecimiento. Día presuntivo de fallecimiento. Efectos de la declaración de fallecimiento. Reaparición del ausente.

 Unidad VII: PERSONAS JURÍDICAS.

 1.- Persona jurídica: concepto y naturaleza jurídica de la figura. Clasificación y enumeración. Sus miembros y sus atributos. Nombre y domicilio. Capacidad. Responsabilidad contractual y extra contractual.

2.- Persona Jurídica Privada. Comienzo de la existencia. Estatutos. Requisitos. Extinción. Destino del patrimonio. Liquidación y disolución.

 Unidad VIII: EL PATRIMONIO.

 1.- El patrimonio: concepto. Los bienes y las cosas. Clasificación de las cosas.

2.- Bienes del estado: clasificación  de los bienes del estado. Dominio público y privado.

 3° PARTE: EL NEGOCIO JURIDICO.

 Unidad IX: TEORÍA DE LOS HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS.

 1.- Clasificación de los actos jurídicos: concepto, caracteres, efectos.

2.- Modalidad de los actos jurídicos: condición, plazo, cargo.

3.- Forma de  los actos jurídicos: los instrumentos públicos e instrumentos privados. La escritura pública. La firma, el doble ejemplar, la fecha cierta, el valor probatorio frente a terceros.

4.- Vicios de los actos jurídicos: error, dolo, violencia, intimidación, simulación, fraude. Formas de suplir los vicios. Acciones.

5.- Nulidades: clasificación de nulidades. Anulación e inexistencia de los actos jurídicos. Actos nulos y actos anulables. Nulidad absoluta y nulidad relativa. Extinción de las relaciones jurídicas.

 4° PARTE: TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES.

 Unidad X: OBLIGACIONES.

 1.- Obligaciones: concepto. Elementos. Efectos normales de las obligaciones. Efectos anormales o accidentales. Mora, daños y perjuicios, lucro cesante, dolo, culpa, caso fortuito o fuerza mayor.

2.- Teoría de la imprevisión: la lesión subjetiva, abuso del derecho, agravio moral, cláusula penal, astreintes.

 Unidad XI: CLASIFICACIÓN Y MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES.

 1.- Obligaciones naturales: puras, simples, modales, condicionales, a plazo, con cargo.

2.- Obligaciones de dar: de dar cosas ciertas, de dar cosas inciertas, no fungibles, fungibles, de género, de dar dinero.

3.- Obligaciones de hacer y de no hacer: de objeto plural, mancomunadas, facultativas, de sujeto múltiple, divisibles, indivisibles, simples y solidarias.

 

III) Metodología de enseñanza en las clases.

 La clase se compondrá de una parte exponencial, a cargo de la docente, y otra parte práctica, a saber:

 a) Exposición teórica a cargo del profesor sobre los distintos temas de la asignatura con la participación activa de los alumnos.

En cada clase el docente explicará cada uno de los temas mencionados en la planificación de la materia y dará la definición de aquellos términos que puedan resultar desconocidas para el alumno, en razón de formar parte de un lenguaje jurídico específico. 

 b) La parte práctica de la clase consistirá en trabajos grupales, resolución y análisis de casos jurisprudenciales y discusiones sobre leyes y artículos de doctrina vinculados con los temas de actualidad vinculados con el mercado inmobiliario. Además, cada clase se realizaran preguntas de concepto para verificar la atención y comprensión de los alumnos en los temas desarrollados en clase. Al finalizar cada unidad, se asignará un trabajo práctico integrador a ser realizado en grupos de trabajo para reforzar los conocimientos alcanzados por los alumnos.

 Todo ello, servirá para que el alumno pueda complementar la guía de estudio con los apuntes de las clases dictadas por el profesor y con el resultado de su investigación en temas propios de la materia, basándose en el material específico que el docente le recomiende en particular. Por último, en cada unidad temática se incluyen actividades sugeridas con el objeto de que el alumno profundice el tema (lectura de fallos, artículos de doctrina, etc.).

 Metodología de evaluación.

2 parciales y 1  TP

 IV) Bibliografía.

- Jorge J. Llambías: Tratado de Derecho Civil. Parte General. Tomos I y II. Editorial Perrot. Buenos Aires. 1995.

 - Guillermo A. Borda: tratado de Derecho Civil. Parte General. Tomo I y II. Editorial Perrot. Buenos Aires. 1991.

 - Código Civil de la Nación.

 - Atilio A. Alterini, Oscar J. Ameal y Roberto M. López Cabana: Derecho de las Obligaciones Civiles y Comerciales. Editorial Abeledo Perrot. Buenos Aires. 1993.

 - Alejandro Fontes, Alicia Norcini, Elizabeth O´donell y Gastón O´donell: Derecho Civil. Editorial Docencia. Buenos Aires. 1997.

Buenos Aires, marzo     de 2014.-

Programa de Derecho Comercial II - PROFESOR: Dr. Sergio Darío Betchakdjian


CÁMARA INMOBILIARIA ARGENTINA

INSTITUTO DE CAPACITACION INMOBILIARIA

 1.-CARRERA: Consultor Inmobiliario.-

2.-ASIGNATURA: Derecho Comercial II.-

3.-AÑO LECTIVO: 2014 CUATRIMESTRE: Primero.-

4.-PROFESOR: Dr. Sergio Darío Betchakdjian

 5.- Objetivos de la Asignatura:

  5.1.-Que el alumno conozca: la existencia de contratos que son netamente civiles, otros netamente comerciales, y algunos que poseen doble regulación, como se prueba su existencia y que efectos tienen. Que distingan los diversos tipos sociales. Que adquieran nociones básicas del derecho procesal civil y comercial

5.2.-Análisis de los contratos más relevantes para el corredor inmobiliario.-

5.2.1: saber acerca de la constitución, desarrollo y extinción de las sociedades comerciales, los distintos tipos sociales, responsabilidad de los socios, órganos que  conforman las sociedades comerciales y sus funciones.-

5.2.2.- Interpretar las cláusulas que conforman un contrato de sociedad para determinar si está frente a una persona que obligue a la sociedad comercial (Actas de Asamblea y de Directorio)

5.2.3. Que incorporen los conocimientos elementales para el mejor ejercicio profesional.-

 

6.- PROGRAMA ANALÍTICO:

 UNIDAD DIDÁCTICA I.-

 Contratos Comerciales: Parte General

 Contratos con doble regulación.-

 La especialidad del Derecho Comercial.

 Elementos de los contratos: sujeto, objeto, causa, forma su clasificación.-

 La prueba de los contratos.-

 La interpretación de los contratos, normas estrictamente comerciales.-

 Los efectos de los contratos: el pacto comisorio, la seña civil y la comercial.-

 UNIDAD DIDÁCTICA II.-

Contratos Comerciales: Parte Especial

Contrato de Compraventa Mercantil - Concepto

Excepciones- Compraventa de Cosa Ajena -Cláusulas

Especiales: Tradición-Lugar y Gastos.-

Contrato de mandato comercial: concepto. Sujetos: derechos y obligaciones.-

Contrato de Comisión: concepto. Sujetos: derechos y obligaciones

Nociones de contrato de fianza, mutuo y depósito.-

Tratamiento de los contratos en el Anteproyecto de Unificación del Código Civil y de Comercio.-

 UNIDAD DIDÁCTICA III:

 Sociedades Comerciales: Parte General.-

 Concepto de sociedad comercial.-

Análisis de su definición.-

Contrato social: cláusulas que lo componen. Trámites para su inscripción.-

Cláusulas nulas y nulidad del contrato.-

Sociedades de hecho e irregulares: régimen legal.-

Socios: concepto socio oculto y aparente.-

Relaciones con la sociedad, con otros socios y con terceros.-

Órganos de la Sociedad. Administración y Representación.-

Extinción de la Sociedad Comercial: Disolución y Liquidación: Concepto y Trámites.-

 Modificaciones proyectadas en el Anteproyecto de Unificación del Código Civil y de Comercio.-

 UNIDAD DIDÁCTICA IV:

 Sociedades Comerciales: Parte Especial.-

 Sociedades Personales y de Capital: Concepto.-

Sociedades Colectivas: Concepto. Régimen Legal. Responsabilidades.-

Sociedad de Capital e Industria. Régimen Legal. Tipos de Socios. Responsabilidades.-

Sociedad en Comandita Simple: Régimen legal. Tipos de Socios. Responsabilidades.-

Sociedad de Responsabilidad Limitada: Capital Social. Transmisión. Órganos. Competencias. Responsabilidades.-

Sociedad Anónima: Capital Social. Acciones. Transmisión. Órganos. Competencias. Responsabilidades. Control Estatal.-

Sociedad en Comandita por Acciones. Régimen Legal. Socios. Responsabilidades.-

 UNIDAD DIDACTICA V

Nociones de Derecho Procesal Civil y Comercial:

Conceptos de Jurisdicción. Competencia. Capacidad y  legitimación.-

Tipos de proceso, etapas procesales.

Tipos de sentencia. Recursos.-

Ejecución de Sentencias.-

 7.- EVALUACIONES.-

    Se contemplará como evaluación conceptual la participación del alumno en la clase.-

Se tomarán dos parciales escritos y un trabajo práctico (individual o grupal).-

 8.- METODOLOGÍA.-

 Exposición a cargo del profesor. Participación de los alumnos. Análisis de la normativa legal aplicable. Lectura y análisis de la jurisprudencia. Debate de temas propuestos con antelación. Debate respecto del trabajo práctico. Vinculación de la teoría con la actividad profesional  cotidiana.-

 9.- CRONOGRMA TENTATIVO.-

                 Marzo/ Mayo Contratos Comerciales: Parte General y Especial.-

                Primer parcial escrito.-

                Mayo/Julio: Sociedades Comerciales: Parte General y Especial.-

                Segundo parcial escrito y Trabajo Práctico (individual o grupal).-

                Nociones de Derecho Procesal Civil y Comercial.-

 10.- BIBLIOGRAFIA:

     OBLIGATORIA:

 DERECHO COMERCIAL ARGENTINO: CONTRATOS PARTE GENERAL de Rodolfo Fontanarrosa.-

     CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES de Carlos Ghersi.-

    SOCIEDADES COMERCIALES de Carlos Villegas.-

        Libro de Derecho Comercial II (Distancia) Dra. Laura Esposto.-

 SUGERIDA:

Derecho Comercial de Alberto Garrone y Carlos Sanmartino.-   

 Buenos Aires, marzo           de 2014.-

 

Cronograma de Derecho Comercial II - Profesor Sergio Darío Betchakdjian - T. Noche Intensivo



Cronograma de Derecho Comercial II

Profesor Sergio Darío Betchakdjian

Año Lectivo 2014  - Primer Cuatrimestre

Lunes: 18:20/19:30 Hs Miércoles: 17:00/18:10

UNIDAD DIDÁCTICA I.-

 Clase 1 17/3 Contratos Comerciales: Parte General

 Clase 2  19/3 Contratos con doble regulación.-

 La especialidad del Derecho Comercial. La prueba de los contratos.-

 Clase 3 26/3  La interpretación de las cláusulas en contratos comerciales.-

 Clase 4 31/3. El pacto comisorio. Diferencia con la seña.-

 UNIDAD DIDÁCTICA II.-

 Clase 5  7/4 Contratos Comerciales: Parte Especial: Contrato de Compraventa Mercantil – Concepto

 Clase 6  9/4 Compraventa de Cosa Ajena –Cláusulas Especiales.-

 Clase 7  14/4 Tradición-Lugar y Gastos.-

 Clase 8 16/4 Contrato de mandato comercial: concepto. Sujetos: derechos y obligaciones.-

 Clase 9     21/4 Contrato de Comisión: concepto. Sujetos: derechos y obligaciones

 Clase 10   23/4 Nociones de contrato de fianza, mutuo y depósito.-

 Clase 11  28/4 Tratamiento de los contratos en el Anteproyecto de Unificación del Código Civil y de Comercio.-

 Clase 12 30/4 Clase de repaso

 Clase 13 5/5 Primer parcial escrito.-

 UNIDAD DIDÁCTICA III:

 Clase 14  7/5 Sociedades Comerciales: Parte General. Entrega de Consignas TP-

Concepto de sociedad comercial.-

Análisis de su definición.-

 Clase 15 12/5 Contrato social: cláusulas que lo componen. Trámites para su inscripción.-

 Clase 16 14/5 Cláusulas nulas y nulidad del contrato.-

 Clase 17 19/5 Sociedades de hecho e irregulares: régimen legal.-

 Clase 18 26/5 Socios: concepto socio oculto y aparente.-

Relaciones con la sociedad, con otros socios y con terceros.-

 Clase 19 28/5 Órganos de la Sociedad. Administración y Representación.-

 Clase 20  2/6 Extinción de la Sociedad Comercial: Disolución y Liquidación: Concepto y Trámites.-

 Clase 22 4/6  Modificaciones proyectadas en el Anteproyecto de Unificación del Código Civil y de Comercio.-

 UNIDAD DIDÁCTICA IV:

 Clase 23 9/6 Sociedades Comerciales: Parte Especial.-

Sociedades Personales y de Capital: Concepto.-

 Clase 24 11/6 Sociedades Colectivas: Concepto. Régimen Legal. Responsabilidades.-

 Clase 25 16/6 Sociedad de Capital e Industria. Régimen Legal. Tipos de Socios. Responsabilidades.-

 Clase 26 18/6 Sociedad en Comandita Simple: Régimen legal. Tipos de Socios. Responsabilidades.-

 Clase 27 23/6 Sociedad de Responsabilidad Limitada: Capital Social. Transmisión.

 Clase 28 25/6 Órganos. Competencias. Responsabilidades.-

 Clase 29 30 /6 Sociedad Anónima: Capital Social. Acciones.

 Transmisión.

 Clase 30 2/7 Segundo Parcial Escrito

Clase 31 7/7  Órganos. Competencias. Responsabilidades. Control Estatal.- 7  Sociedad en Comandita por Acciones. Régimen Legal. Socios. Responsabilidades.-

UNIDAD DIDACTICA V Nociones de Derecho Procesal Civil y Comercial:

 

Cronograma Tentativo de Derecho Civil I - Profesor: Sergio Darío Betchakdjian - T Noche


Profesor: Sergio Darío Betchakdjian

Cronograma Tentativo de Derecho Civil I

Año Lectivo 2014  - 1º Cuatrimestre

Días Lunes 20:50/22:45hs

 Clase 1 – miércoles 31/3:  Presentación de la materia. Unidad I: EL DERECHO: Moral y Derecho. Normas Jurídicas y Normas Morales. El Derecho Positivo. Los derechos subjetivos.  El Derecho Civil.

 Clase 2 – lunes 31/3: Continuación de Unidad I: Fuentes del Derecho: Concepto. Clasificación. La ley: Caracteres. Clasificación. Formación de las leyes. Vigencia temporal de las leyes. Costumbre: Concepto. Elementos. Especies.

 Clase 3– lunes 7/4: Jurisprudencia. Doctrina, Código Civil argentino: su autor, las fuentes, método y partes, principales reformas, proyectos de reformas. Unidad II: PERSONAS FISICAS. Concepto de Persona. Especies de Personas. Principio de la existencia de las personas físicas – personas por nacer. Condición del nacimiento con vida. Concepción y embarazo. El nacimiento. Viabilidad.

 Clase 4 – lunes 7/4 Continuación de Unidad II Fin de la existencia de las personas físicas.  Muerte comprobada. Conmoriencia - Muerte de varias personas en un desastre común. Efectos de la muerte.  Muerte Presunta - Ausencia con presunción de fallecimiento

 Clase 5 – 14/ 4 Unidad III: Derechos de la personalidad. Concepto. Caracteres. Atributos inherentes a  las personas. Concepto.  Caracteres.  Nombre (Ley 18.248). Estado: concepto, caracteres.-

Clase 6 – lunes 14/4: Continuación de la Unidad III. Domicilio: concepto, tipos, caracteres. Capacidad: concepto. Capacidad de derecho y capacidad de hecho, incapacidades absolutas y relativas.              

 Clase 7 lunes 21/4: Continuación de Unidad III: Análisis de cada uno de los incapaces de hecho.

 Clase 8 – lunes 21/4: Continuación de Unidad III: Análisis de cada uno de los incapaces de hecho.

 Clase 9 – lunes 28/4: Continuación de Unidad III: El patrimonio como prenda común de los acreedores. Distintas clases de acreedores. Composición del patrimonio: Cosas y bienes. Clasificación de las cosas.

Unidad IV: PERSONAS JURÍDICAS O DE EXISTENCIA IDEAL: Concepto. Especies. Diferencias entre Asociación y Fundación. Distinción entre Asociación y Sociedad.

 Clase 10 – lunes 28/4: Continuación de Unidad IV: Principio de la existencia de las personas jurídicas. Estatutos.  Las personas jurídicas y sus miembros. Capacidad. Modo de actuación y responsabilidad. Fin de la existencia de las personas jurídicas. Simples asociaciones sin personería jurídica. Repaso sobre los temas para el parcial

 Clase 11 – 5/5: Primer  parcial.

 Clase 12 – lunes 12/5 Unidad V: HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS.  Hechos Jurídicos: clasificación. Actos jurídicos: Concepto. Caracteres. Clasificación Elementos: Objeto. Sujetos. 

 Clase 13 – lunes 12/5: Entrega de Consignas para el TP Grupal. Continuación de Unidad V: Forma de los actos jurídicos: Instrumentos privados. Instrumentos públicos: fuerza probatoria. Escrituras públicas.

Clase 14 – lunes 19/5 Continuación de Unidad V: Clase práctica sobre forma de los actos jurídicos.-

Clase 15 – lunes 19/5 Continuación de Unidad V: Vicios de los actos jurídicos: Error. Dolo. Violencia. Lesión.

 Clase 16 – lunes 26/5: Continuación de Unidad V: Simulación. Fraude.

 Clase 17 – lunes 26/5 Simulación. Fraude.

Clase 18 – lunes 2/6: Nulidad de los actos jurídicos: Concepto y clasificación. Actos nulos y anulables. Nulidad Absoluta y Relativa.  Efectos de la declaración de nulidad. Confirmación de los actos jurídicos. 

 Clase 19 – lunes 2/6: Unidad VI:  TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES: Concepto de Obligación. Elementos de las obligaciones. Efectos de las obligaciones.-

 Clase 20 – lunes 9/6: Unidad VII: CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES: Obligaciones Naturales. Obligaciones puras y simples y modales. Obligaciones de dar cosas ciertas. Obligaciones de dar cosas inciertas. Obligaciones de hacer. Obligaciones de no hacer.

 Clase 21 – lunes 9/6: Continuación de  Unidad VII: Obligaciones de objeto plural o compuesto. Obligaciones de sujeto múltiple: obligaciones simplemente mancomunadas, obligaciones divisibles, obligaciones indivisibles, obligaciones solidarias.

 Clase 22 – lunes 16/6: Unidad VIII: TRANSMISIÓN DE LAS  OBLIGACIONES: Concepto. Cesión de créditos: Concepto. Caracteres. Elementos. Reglas que rigen la transferencia. Efectos de la transferencia.

 Clase 23 – lunes 16/6: Entrega de TP grupal. Unidad IX: EXTINCIÓN  DE   LAS  OBLIGACIONES: Concepto. Enumeración legal de los modos de extinción.- Pago: concepto. Función del pago. Elementos del pago: sujetos, objeto, circunstancias de lugar y tiempo. Efectos principales del pago..

 Clase 24 - lunes 23/6: Defensa oral del TP grupal

 Clase 25 – lunes 30/6 Continuación de Unidad IX: Pago por consignación. Dación en pago. Novación Transacción.

  Clase 26 – lunes 30/6: Continuación de Unidad IX Renuncia. Remisión de la deuda. Compensación. Imposibilidad de pago. Prescripción Liberatoria. 

 Clase 27 – lunes 30/6: Recuperatorios – Reincorporación.

jueves, 10 de abril de 2014

Interesante nota a fallo sobre la actuación de la liga de compradores en una subasta por la Dra. Mariela Arranz

Actuación de la liga de compradores en subasta judicial

Nulidad de una subasta judicial por intervención de la liga de compradores. Actuación de oficio. Libertad de puja. Orden público. Prohibición de acceso a remates. Derecho de admisión
 
En fecha reciente (18/12/2013) la Sala II de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Azul confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto declaró, de oficio y en el marco de una ejecución hipotecaria, la nulidad de una subasta judicial de inmueble debido a la intervención de la liga de compradores. Asimismo, revocó la decisión de grado en cuanto esta última había dispuesto la prohibición de acceso a quien había actuado como apoderado a las subastas a desarrollarse en Tandil durante un plazo de cinco años.
 
Se trató de un caso en el que existió, antes y durante la realización del remate, la presencia intimidante de personas que perseguían acallar a los presuntos oferentes impidiendo la formulación de ofertas, hasta que finalmente la puja pudo concretarse entre dos oferentes. Uno de ellos había realizado previamente una oferta bajo sobre y el otro, quien resultó adquirente del bien, resultó ser el apoderado del primero, con lo cual, en realidad, la puja se había desarrollado entre apoderado y poderdante. A su vez, hasta el propio juez de grado, antes de que se identificara como tal, había sido objeto de agresiones previo al acto del remate, lo que le llevó a formular una denuncia que dio lugar a una investigación penal. Ante estas irregularidades el magistrado declaró, de oficio, la nulidad de la subasta.
 
El comprador se agravió de esa decisión, ya que entendió que el juez había tomado esa postura luego de que la subasta hubiera quedado consentida por las partes y por las propias decisiones del magistrado, entendiendo así que se estaría ante una decisión contraria a sus propios actos. En esa línea, entendió que lo razonable hubiera sido que aquél tome alguna determinación al momento del acto para impedir lo que luego calificó como un actuar contrario a derecho. Por otro lado, sostuvo que esa resolución había sido extemporánea y que se declaró la nulidad por la nulidad misma, pues no había existido perjuicio para ninguna de las partes.
 
Por su lado, el ejecutante afirmó que el acto del remate había sido ejemplar y que la nulidad declarada le producía un gravamen irreparable, ya que hacía muchos años que perseguía el recupero de su acreencia.
 
Por último, el apoderado del comprador, resaltó la legitimidad de su proceder y aseguró que no formaba parte del grupo de la supuesta liga de compradores. Asimismo, entendió que la sentencia había decidido extra petita, ya que ninguna de las partes había solicitado la nulidad. Entendió que se había incurrido en una discriminación hacia su persona, afectándose su buen nombre y honor.
 
Luego de analizar el material probatorio, la Cámara confirmó la nulidad dispuesta por el sentenciante, ya que entendió que las graves irregularidades que acaecieron antes y durante el desarrollo del acto afectaron seriamente su normal realización, viéndose comprometidas la seriedad y la transparencia que debían imperar allí.
 
Si bien hizo hincapié en el elevado número de personas que no eran del lugar y que presumiblemente pertenecían a la liga de compradores, sostuvo que esta circunstancia por sí sola no era suficiente para invalidar el remate.
 
El fundamento central de su decisorio residió en que la existencia de un accionar intimidante desplegado por ese grupo de personas, mediante la utilización de gestos y expresiones verbales inadecuadas e impropias, que provocó que algunos potenciales adquirentes se abstuvieran de formular ofertas, afectó gravemente la “libertad de puja” que caracteriza a la subasta judicial. Al introducir este último concepto, aseveró  que “a través de su pleno ejercicio se tiende a obtener el mejor precio posible y el efectivo cumplimiento de la finalidad perseguida por la ley”.
 
Con respecto a la declaración oficiosa de nulidad, el Tribunal entendió que, si bien en materia de nulidades procesales impera un criterio restrictivo, ello no debe predicarse cuando “las irregularidades del procedimiento comprometan el prestigio y la dignidad del quehacer jurisdiccional y la administración de justicia, especialmente en orden a la expropiación forzosa en los procesos de ejecución que debe asegurar la igualdad de posibilidades de todos los interesados en la puja y la transparencia de su resultado”. El Tribunal afirmó que el hecho de que en el ámbito procesal provincial no exista una norma como la contenida en el art. 593 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que lo faculta a esa declaración oficiosa,  no es óbice para que pueda hacerlo cuando, como en el caso, existan graves irregularidades que comprometan la actividad jurisdiccional.
 
A su vez, el Tribunal consideró que la declaración de nulidad cuestionada no resultó extemporánea ya que a ese momento el juez no había decretado ninguna medida que importe considerar válido al remate, como hubiera sido la aprobación de cuentas presentada por el martillero. Con relación al tema de la temporaneidad, también afirmó que, si bien el juez había sido víctima de agresión al momento del acto, en ese momento no podía tener certeza sobre la “magnitud que alcanzarían los hechos” y que su decisión de mantener la realización de la subasta tuvo la finalidad de “garantizar las legítimas expectativas de quienes asistieron al lugar y abrigaban interés en formular ofertas”.
 
En la última parte del decisorio el Tribunal se refirió al derecho de admisión, en el caso, de quien había actuado como apoderado, supuesto integrante de la liga de compradores. Resolvió revocar la prohibición de acceso temporal a las subastas decidida por el juez de grado, pero resaltó el deber que tiene el juez de cada causa, al disponer la subasta o en oportunidad de su realización, para adoptar las medidas que estime conducentes en cada caso, “pudiendo ordenar la exclusión de personas del recinto cuando las circunstancias así lo aconsejen”.
 
Es relevante tener presente que, si bien el caso en análisis el juez, en pos de garantizar la libertad de puja, el orden público y la actividad jurisdiccional, actuó de oficio declarando la nulidad de una subasta pública, no siempre que intervenga la liga de compradores en ese ámbito se llegará al mismo resultado. La jurisprudencia entiende que, para decretar la nulidad en tal caso, la actuación de ese grupo de personas debe haber incidido en perjuicio de la libertad de ofertas, en la adjudicación definitiva del bien o en el ánimo de los que efectivamente están interesados en la compra.
 
En otras palabras, el principio general es defender “a ultranza” la validez de la subasta excepto, tal como explica la Cámara, “que las irregularidades del procedimiento comprometan el prestigio y la dignidad del quehacer jurisdiccional y la administración de justicia (Areán, en Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Highton-Areán, tomo 11, págs. 782. 783, 804 y 805)".
 

Programa de Derecho Civil I - Prof. Esc. Verónica Beri


INSTITUTO DE CAPACITACIÓN INMOBILIARIA

CAMARA INMOBILIARIA ARGENTINA

 
CARRERA: CONSULTOR INMOBILIARIO

ASIGNATURA: DERECHO CIVIL I 


PRIMER AÑO 2014

PROFESORA: Escribana Verónica Andrea BERI

 

OBJETIVOS:

 

Introducir al alumno en los conocimientos del Derecho desde sus basamentos más elementales e históricos hasta los institutos centrales del Derecho Civil. Asimismo, lograr que el alumno adquiera manejo del vocabulario jurídico, facilitándosele así la comprensión de los problemas diarios y profesionales con los que se encuentre o encontrará en un futuro.

Que el alumno conozca las leyes de fondo y especiales, como así también las distintas fuentes del derecho, logrando comprender que el Derecho corta transversalmente la vida de los ciudadanos en una multiplicidad de circunstancias.

Por último, es objetivo de esta cátedra, que el alumno logre comprender y aprender conceptos jurídicos que le sirvan para su desarrollo personal y profesional.

 

METODOLOGIA


 

Exposición teórica de los distintos temas señalizados en las unidades que debajo se detallan, realizando una explicación más detenida y pormenorizada de aquellos que resulten de mayor aplicación a la actividad propia de Administradores de Consorcios y Consultor Inmobiliario.

En las clases se utilizarán filminas a fin de facilitar la explicación y comprensión de los temas, como así también la confección de cuadros explicativos y comparativos de los temas que así lo requieran.

Los alumnos podrán volcar en la clase todas las dudas generales por los temas estudiados, sabiendo a ciencia cierta que ninguna duda será evaluada como de menor valor que otra.

 

PLANIFICACION TEMATICA


 

Programa:

 

UNIDAD I: Moral y derecho. La norma jurídica y normas detracto social. El derecho natural y positivo. El derecho objetivo y subjetivo. Derecho público y privado. Fuentes del derecho: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y otros.

 

UNIDAD II: Personas físicas: Concepto. Existencia y fin de las personas. La concepción y el embarazo. El nacimiento con vida. Muerte. Muerte presunta. Declaración de ausencia con presunción de fallecimiento. Juicio. Efectos.

 

UNIDAD III: Atributos de la persona. Concepto. Caracteres. a) El nombre. (ley 18.248). b) Domicilio: Tipos. Caracteres. c) Estado. Concepto y Caracteres. d) Capacidad: de hecho y de derecho. Conceptos. Incapacidad. Juicios de Declaración de Incapacidad. Inhabilitación. e) Patrimonio. Concepto. Caracteres.

 

UNIDAD IV: Personas de existencia ideal: Personas Jurídicas. Concepto y clasificación según el Código Civil. Tipos: Sociedades Civiles y Comerciales. Caracteres. Comienzo y fin de su existencia. Asociaciones y fundaciones. Registro Público de Comercio. IGJ.

 

UNIDAD V: Hechos Jurídicos. Concepto y clasificación. Actos jurídicos. Concepto. Importancia. Efecto entre las partes y con relación a terceros. Interpretación de los actos jurídicos. Formas de los actos jurídicos. Instrumentos públicos y privados: fuerza probatoria.

 

UNIDAD VI: Vicios de los actos jurídicos: a) Error: concepto y tipo. b) Dolo: concepto y fundamento. c) Violencia: concepto y tipos. d) Simulación: concepto y caracteres. e) Fraude: concepto y caracteres. Nulidad de los actos jurídicos: concepto y clasificación. Actos nulos y anulables: diferencias y efectos. Nulidad absoluta y relativa. Prescripción y confirmación de actos jurídicos.

 

UNIDAD VII: Obligaciones. Concepto. Naturaleza jurídica. Obligaciones Propter Rem. Astreintes. Mora: interpelación, efectos, cesación. Cláusula penal. Extinción de las obligaciones: normal (pago) y anormales (dación en pago, novación, confusión, renuncia, transacción, compensación, etc). Caso fortuito y fuerza mayor. Teoría de la imprevisión. Transmisión de las obligaciones.

  

EVALUACIONES

Los alumnos serán evaluados:

  1. Nota de Concepto: comprenderá la participación en clase, atención y dedicación a la materia.
  2. Evaluaciones parciales: comprenderá dos evaluaciones parciales: una a mitad del cuatrimestre y otra a final del mismo, en fechas a convenir entre el alumnado y el docente. Estas evaluaciones serán escritas.
  3. Trabajos Prácticos: comprenderá la realización de un trabajo práctico presentado individualmente o en equipos de hasta cuatro personas sobre temas que indicará el docente a cargo.
  4. Evaluación final: al final de la cursada se realizará una evaluación a todos los alumnos que se encuentren en condiciones administrativas y académicas como para ser evaluados.
     BIBLIOGRAFIA

 * Código Civil.
* Código Civil Comentado. (Salvat. Belluscio y otros)
* Tratados de Derecho Civil. Tomos: Parte General y Obligaciones (Borda, Llambias, etc)
* Manual Derecho Civil. Parte General. (Borda, Llambias y otros)
* Manual Derecho Civil. Obligaciones (Borda, Llambias y otros)
* Curso de Obligaciones. (Alterini, Ameal y Lopez Cabana).